En respuesta a las recientes declaraciones emitidas por la Alcaldía del municipio de Barichara, la CAS desea aclarar lo siguiente:

  • Durante visita de inspección ocular al predio denominado LOTE 4 se confirmó la presencia de la fuente hídrica identificada por la comunidad como La Chorrera. Se observó la tala de especies arbóreas, excavaciones realizadas con maquinaria amarilla, descapote y movimiento de tierra.
  • Se identificó una corriente innominada y se constató que los puntos de excavación e interferencia se encontraban dentro del cauce.
  • Se evidenció también que la limpieza de la cobertura de porte medio y bajo se hallaba dentro de la franja forestal protectora (FFP).
  • Tras consultar la base de datos de la Corporación Regional de Santander-CAS Regional Guanentina (RG), no se encontró solicitud de aprovechamiento forestal para el predio en cuestión.
  • En el predio mencionado, se ha constatado la presencia de un jagüey que suministra agua al Municipio de Barichara en Santander. Estructura artesanal que está ubicada dentro del curso de una corriente hídrica codificada en el año 2006 y hasta la fecha, no se ha registrado ninguna acción sancionatoria ambiental en su contra.

El 22 de febrero de 2024, la Corporación Autónoma regional de Santander recibió un Formato de Quejas de manera anónima, en el cual se señalaba que el señor Eduardo Gómez Rincón estaba afectando un nacimiento de agua del cual dependen cuatro familias para su suministro, además de haber introducido maquinaria amarilla en la fuente hídrica conocida como La Chorrera.

Como consecuencia de esta queja, se solicitó la colaboración de la Inspección de Policía de Barichara(s) para llevar a cabo visitas de inspección ocular.

Una vez revisada la plataforma del Instituto Geográfico Agustín Codazzi, se evidencia que, en la información de clases agroecológicas en el estudio general de suelos y zonificación de tierras el predio mencionado anteriormente presenta las siguientes connotaciones: escasa precipitación pluvial en los dos semestres, moderada profundidad efectiva, erosión moderada, fragmentos de piedra en superficie.

En este contexto, se ha tomado la decisión de imponer una medida preventiva inmediata al señor Eduardo Gómez Rincón, instándolo a que se abstenga y suspenda cualquier actividad que afecte los recursos naturales renovables de la región.

Asimismo, la CAS ha determinado iniciar una investigación administrativa de carácter ambiental contra el señor Eduardo Gómez Rincón por:

  • Ocupación ilegal de cauce
  • Afectación a la franja forestal protectora de La Chorrera
  • Aprovechamiento forestal sin autorización.

Este acto administrativo ha sido comisionado a la Inspección de Policía para la imposición de la medida preventiva.

Realizada la exposición técnica y jurídica, es preciso mencionar e indicar que, por parte de esta Regional se le comunicó al primer mandatario del Municipio de Barichara – Santander, y se le puso en conocimiento sobre el proceso en curso en nuestra regional, garantizando los Derechos Ambientales Colectivos y resaltando la participación ciudadana como medio de control a fin de contextualizar lo evidenciado en la visita de inspección ocular.

Además, se ha requerido al señor Gómez Rincón que presente los permisos otorgados por la administración de Barichara para las actividades desarrolladas en el predio. Se le informa que, en caso de requerir aprovechamiento forestal u ocupación de cauce, debe solicitar previamente autorización a la Corporación Autónoma Regional de Santander (CAS).

Sin embargo, hasta la fecha, se ha negado a notificarse, por lo que el proceso de notificación se está llevando a cabo por aviso.

La CAS reafirma su compromiso con la protección y conservación de los recursos naturales de la región y tomará todas las medidas necesarias para garantizar su preservación.

A este comunicado de prensa anexamos el acto administrativo que acoge el concepto técnico