RESPEL – REGISTRO DE GESTORES (Y9) IN SITU 

 

RESOLUCIÓN DGL No. 000357 DEL 13 DE JUNIO DE 2022

 

En función de las competencias de esta Autoridad Ambiental, establecidas mediante el artículo 31, numeral 12 de la Ley 99 de 1993 y con el fin de garantizar la protección y preservación de los Recursos Naturales en nuestra jurisdicción, esta Corporación adoptó unas medidas ambientales para quienes desarrollen proyectos IN SITU de tratamiento, aprovechamiento, recuperación y/o disposición final de residuos o desechos peligrosos (Y9) mediante la Resolución DGL No. 000357 del 13 de junio de 2022.

 

Con la finalidad de ejecutar la Resolución DGL No. 000357 del 13 de junio de 2022, esta Autoridad ejercerá las actividades de evaluación, monitoreo, control y seguimiento a las empresas gestoras que realicen acciones de tratamiento, aprovechamiento, recuperación y/o disposición final IN SITU de residuos o desechos peligrosos, suelos contaminados con mezclas y emulsiones de desechos de aceite y agua o de hidrocarburos y agua (Y9); tanto para un área contaminada que se encuentre contenida y controlada, como en un área en estado de emergencia activa que requiera de intervención inmediata, tal como se encuentra descrito en los tres capítulos que integran el citado documento.

 

Por lo anterior, se publica el documento de Medidas Ambientales como guía para las empresas interesadas en inscribirse en el REGISTRO DE GESTORES RESPEL (Y9) IN SITU, además del formulario de inscripción y el documento de la socialización realizada del citado Acto Administrativo, en el cual se describen de manera detallada las actividades que deben desarrollar las empresas para realizar el Registro de Información como Gestores de RESPEL (Y9) IN SITU en la jurisdicción de la CAS.

 

 

Documentos: