- La CAS regula el uso de pollinaza y gallinaza sin estabilizar (compostar) para evitar contaminación y riesgos sanitarios.
- Se establecen medidas de almacenamiento y aplicación en zonas cercanas a núcleos urbanos, turísticos y áreas sensibles.
- Los agricultores y avicultores deberán cumplir con normativas para evitar la proliferación de plagas y olores ofensivos.
La Corporación Autónoma Regional de Santander (CAS), en cumplimiento de su función de vigilancia y control ambiental, ha establecido nuevas directrices para la producción, almacenamiento y uso de pollinaza y gallinaza sin estabilizar (compostar) en su jurisdicción.
Estas medidas buscan mitigar los efectos adversos que genera su manejo inadecuado, como la proliferación de moscas, la contaminación del recurso hídrico y la afectación a la calidad del aire en zonas residenciales, turísticas y de alto tránsito poblacional. De acuerdo con inspecciones realizadas por la CAS, se ha evidenciado que el uso inadecuado de estos residuos en actividades agrícolas y avícolas ha generado impactos negativos en la salud pública y el medio ambiente, especialmente en zonas cercanas a viviendas, hospitales, escuelas y lugares de alta afluencia.
¿Quiénes deben adoptar estas medidas?
Las normativas aplican para avicultores y agricultores que:
- Produzcan, almacenen o usen pollinaza y gallinaza sin estabilizar a menos de un kilómetro de núcleos urbanos o zonas sensibles.
- Generen focos de proliferación de plagas y vectores.
- Dispongan o acumulen estos residuos sobre el suelo sin un uso agrícola inmediato.
- Contaminen fuentes hídricas por escorrentía.
Principales medidas establecidas por la CAS
- Obligatoriedad del compostaje: Las granjas avícolas ubicadas a menos de un kilómetro de zonas residenciales o turísticas deberán estabilizar estos residuos mediante compostaje antes de su comercialización o uso agrícola.
- Restricción de almacenamiento y aplicación: Se prohíbe el almacenamiento o uso de pollinaza y gallinaza sin compostar en distancias inferiores a un kilómetro de áreas pobladas.
- Condiciones de almacenamiento: Quienes almacenen estos residuos deberán contar con sitios cubiertos y con sistemas de drenaje para evitar olores ofensivos y proliferación de vectores.
- Prohibición de contaminación de fuentes hídricas: Bajo ninguna circunstancia se permitirá la disposición de estos residuos en cauces de ríos o zonas con riesgo de contaminación por escorrentía.
- Planes de mitigación: En los casos en que la autoridad ambiental lo determine, los responsables deberán implementar un Plan de Reducción del Impacto por Olores Ofensivos (PRIO), de acuerdo con la normativa nacional vigente.
La CAS hace un llamado a avicultores, agricultores y comercializadores para que adopten estas medidas y eviten sanciones por incumplimiento de la normatividad ambiental. La Corporación continuará realizando operativos de control y vigilancia para garantizar el adecuado manejo de estos residuos en su jurisdicción.