Manual para el Tramite del Derecho de Petición
Es un derecho que la Constitución Nacional en su artículo 23 ha concedido a los ciudadanos para que estos puedan presentar peticiones a las autoridades, con el fin de que se les suministre información sobre situaciones de interés general y/o particular.
Las autoridades a quienes se les presente un Derecho de Petición deben responder dentro de los términos legales establecidos de acuerdo a la petición. Usted puede interponer un derecho de petición a través del Formulario de Peticiones, Quejas y Reclamos de nuestra página web, en el módulo de participación, opción “Foro” y diligenciando correctamente sus nombres, apellidos, cédula, correo electrónico y los hechos que fundamentan el mismo, indicando que corresponde a un derecho de petición amparado en el artículo 23 de la Constitución Nacional.