- Categoría: Trámites y Servicios
- Publicado: Lunes, 20 Julio 2015 22:32
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Consulte toda la información de los trámites de Concesión de aguas superficiales, Permiso de recolección de especímenes de especies silvestres de la diversidad biológica con fines de investigación científica no comercial, Permiso de emisión atmosférica para fuentes fijas, Licencia ambiental, Plan de contingencia para el manejo de derrames de hidrocarburos o sustancias nocivas, Permiso de prospección y exploración de aguas subterráneas, Permiso para el aprovechamiento forestal de bosques naturales únicos, persistentes y domésticos, Inscripción en el registro de generadores de residuos o desechos peligrosos, Permiso de vertimientos, Concesión de aguas subterráneas, Permiso de ocupación de cauces, playas y lechos, dando clic en el siguiente icono de Si Virtual:
Es la autorización que otorga la autoridad ambiental competente para la ejecución de un proyecto, obra o actividad que, de acuerdo con la ley y los reglamentos, pueda producir deterioro grave a los recursos naturales renovables o al medio ambiente o introducir modificaciones considerables o notorias al paisaje.
Formato Licencia | ![]() |
Resolución 0108 ene 2015 | ![]() |
Es la autorización otorgada por la autoridad ambiental para el uso y aprovechamiento óptimo del recurso hídrico que se capte de fuentes superficiales como ríos, quebradas, a r r o y o s , n a c i m i e n t o s , a c e q u i a s y amagamientos o de fuentes subterráneas como pozos profundos, bien sea para uso doméstico, agrícola, pecuario, riego, recreativo, industrial y generación de energía, teniendo en cuenta las condiciones técnicas de disponibilidad, demanda y propósito del recurso.
Obtener el derecho de usar o aprovechar las aguas de uso público para: abastecimiento doméstico en los casos que requiera derivación, riego y silvicultura, abrevaderos cuando se requiera derivación, industrial, generación térmica o nuclear de electricidad, explotación minera y tratamiento de minerales, explotación petrolera; inyección para generación geotérmica, generación hidroeléctrica, generación cinética directa, transporte de minerales y sustancias tóxicas, acuicultura y pesca, recreación y deportes, usos medicinales, y otros usos minerales
Formulario concesion de aguas superficiales | ![]() |
Formulario concesion de aguas superficiales | ![]() |
Obtener el derecho de usar o aprovechar las aguas subterráneas, tanto en predios propios como ajenos.
Formulario concesion de aguas subterraneas. | ![]() |
Formulario concesion de aguas subterraneas. | ![]() |
Actividad de perforación de prueba en busca de agua subterránea con miras a su posterior aprovechamiento, tanto en terrenos de propiedad privada como en baldíos. Igualmente las Aguas Subterráneas son las subálveas y las ocultas debajo de la superficie del suelo o del fondo marítimo que brotan en forma natural, como las fuentes y manantiales o las que requieren para su alumbramiento obras como pozos, galerías filtrantes y otras similares
Formulario prospección y exploracion de aguas subterraneas. | ![]() |
Formulario prospección y exploracion de aguas subterraneas. | ![]() |
Es la extracción de productos de un bosque y comprende desde la obtención hasta el momento de su transformación
Descargue AQUÍ el Formato de Solicitud de Registro del Libro de Operaciones Forestales
Los que se efectúan exclusivamente para satisfacer necesidades vitales domésticas, sin que se puedan comercializar sus productos.
Aprovechamiento forestal domestico | ![]() |
Los que se efectúan con criterios de sostenibilidad y con la obligación de conservar el rendimiento normal del bosque con técnicas silvícolas, que permitan su renovación (por rendimiento normal del bosque se entiende su desarrollo o producción sostenible, de manera tal que se garantice la permanencia del bosque).
Aprovechamiento forestal persistente | ![]() |
Los que se realizan por una sola vez, en áreas donde con base en estudios técnicos se demuestre mejor aptitud de uso del suelo diferente al forestal o cuando existan razones de utilidad pública e interés social. Los aprovechamientos forestales únicos pueden contener la obligación de dejar limpio el terreno, al término del aprovechamiento, pero no la de renovar o conserva el bosque.
Aprovechamiento forestal único | ![]() |
1. OBJETIVO
Definir las actividades para el trámite del aprovechamiento forestal de árboles aislados fuera de la cobertura de bosque natural otorgado por la Corporación.
2. ALCANCE
El procedimiento va desde la radicación de la solicitud hasta expedir el acto administrativo que otorgue o niegue el aprovechamiento forestal de árboles de sombrío o aislado.
3. DEFINICIONES
3.1. TALA: Es el apeo o el acto de cortar árboles.
3.2. APROVECHAMIENTO: Es el uso, por parte del hombre, de los recursos maderables y no maderables provenientes de la flora silvestre y de las plantaciones forestales.
3.3. APROVECHAMIENTO FORESTAL: Es la extracción de productos de un bosque y comprende desde la obtención hasta el momento de su transformación.
3.4. ÁRBOLES AISLADOS FUERA DE LA COBERTURA DE BOSQUE NATURAL. Son los individuos que resulten de regeneración natural, árboles plantados o establecidos y que no son parte de una cobertura de bosque natural o cultivo.
3.6 ÁRBOLES DE SOMBRÍO. Son los árboles que acompañan, permanente o temporalmente, el desarrollo de cultivos agrícolas o de pastizales, brindándoles beneficios ambientales, tales como sombrío, prevención de plagas o enfermedades, evitar la erosión, suministro de abonos verdes, entre otros. Estos árboles pueden ser establecidos por el hombre o surgir por regeneración natural. Se ubican de manera dispersa o bajo un arreglo establecido dentro del sistema productivo.
4. CONDICIONES GENERALES
Este procedimiento se deberá realizar a través del aplicativo CITA, a excepción de árboles aislados.
4.1 Documentos y requisitos a presentar para la solicitud:
- Formulario único de solicitud de aprovechamiento forestal, debidamente diligenciado.
- Nombre y apellidos del o los solicitantes, documento de identidad, domicilio y nacionalidad. Si se trata de una persona jurídica, allegará además, el certificado de cámara de comercio o el documento que acredite la personería del solicitante; si es una persona natural, deberá aportar, copia de la cédula de ciudadanía o extranjería. En caso de tratarse de un consorcio o una unión temporal, deberá presentar el acta de conformación del correspondiente consorcio o unión temporal, así como el certificado de cámara de comercio, fotocopia de la cédula de ciudadanía o extranjería y/o el documento que acredite la personería de los miembros que la conforman.
- Poder cuando actúe por medio de apoderado.
- Certificado de tradición del predio o predios en los que se pretende realizar el aprovechamiento forestal, cuya expedición no sea superior a dos meses y/o certificado en el que declare que es derecho de vía.
- Si actúa en calidad de poseedor, deberá acreditar dicha situación.
- Si actúa en calidad de tenedor, deberá aportar autorización del propietario o poseedor del predio o predios, donde se indique que le permite la realización del aprovechamiento forestal solicitado.
- Inventario forestal al 100%
- Polígono y coordenadas predio y área de aprovechamiento( físico y digital)
- Presentar los costos de inversión y operación del proyecto, de conformidad a lo señalado en el artículo cuarto del acuerdo 208 de 2012, el cual puede ser consultado en la página web de esta Autoridad Ambiental (.).
4.2. En la visita en la inspección ocular se debe constatar lo siguiente:
- La información suministrada por el interesado en su solicitud.
- Ubicación geográfica, área, relieve, topografía y zona de vida del predio en el que se va a realizar el aprovechamiento forestal.
- Extensión de la superficie a aprovechar.
- Especies a aprovechar, número de individuos, volúmenes, peso o cantidad y diámetros de cortas a establecer.
- Georeferenciación de las especies a aprovechar
- Persona o comunidad que se considera afectada con la ejecución del aprovechamiento forestal.
- Vegetación a intervenir.
- Motivo del aprovechamiento.
- Destino final de los productos forestales.
- Responsable del aprovechamiento forestal y lugar de residencia.
- Si el aprovechamiento forestal se va a realizar en las áreas forestales protectoras establecidas en los artículos 2.2.1.1.17.6, 2.2.1.1.17.8 y 2.2.1.1.17.9 del Decreto 1076 de 2015.
- Que los bosques se encuentren localizados en suelos que por su aptitud de uso pueden ser destinados a usos diferentes del forestal o en áreas sustraídas de las Reservas Forestales creadas por la Ley 2 de 1959 y el Decreto 0111 de 1959.
- Que el área no se encuentre al interior del Sistema de Parques Nacionales Naturales; ni al interior de las reservas creadas por la Ley 2 de 1959.
- Que en las áreas de manejo especial, tales como las cuencas hidrográficas en ordenación, los distritos de conservación de suelos y los distritos de manejo integrado u otras áreas protegidas, del área objeto de intervención no se encuentren en sectores donde deban conservarse, de conformidad con los planes de manejo diseñados para dichas áreas.
- Que no se encuentren especies forestales declaradas en veda para su aprovechamiento.
Formulario Unico de Aprovechamiento forestal de Arboles Aislados fuera de la Cobertura de Bosque Natural | ![]() |
Autorización que otorga la autoridad ambiental a una persona natural o j u r í d i c a y a l a s e n t i d a d e s gubernamentales (sin excepción), para realizar una disposición final de los residuos líquidos generados en desarrollo de una actividad, previo tratamiento y cumplimiento de las normas de vertimiento contempladas en el Decreto 1594 de 1984.
Formulario solicitud de vertimientos | ![]() |
Autorización permanente o transitoria para la construcción de obras que ocupen el cauce de una corriente o depósito de agua
Formulario ocupación de cauces | ![]() |
Son los que concede la autoridad ambiental competente, mediante acto administrativo, para que una persona natural o jurídica, pública o privada, dentro de los límites permisibles establecidos en las normas ambientales respectivas, pueda realizar emisiones al aire. El permiso sólo se otorgará al propietario de la obra, empresa, actividad, industria o establecimiento que origina las emisiones.
Formulario emisiones atmosfericas | ![]() |
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